sábado, 9 de septiembre de 2023

A propósito del caso Alejandro Sánchez Sánchez ¿Puede solicitarse una detención preventiva con fines de extradición sin notificación roja de INTERPOL?

El ciudadano Alejandro Sánchez Sánchez detenido en los Estados Unidos por un tema migratorio no tiene actualmente notificación roja de INTERPOL, según trascendidos periodísticos por haber desestimado la organización de policía internacional la difusión de orden de captura internacional.


Esto tiene una explicación, las notificaciones rojas no se publican al solo pedido. Es de tener presente que la INTERPOL cuenta con un Grupo Especializado en Notificaciones y Difusiones, plurilingüe y multidisciplinario, compuesto por juristas, policías y especialistas en estas operaciones (revisar su página oficial) que examina las solicitudes de publicación de notificaciones para comprobar si éstas se encuentran conformes a la normatividad de INTERPOL, lo que se refiere básicamente a que el  Estatuto de la Organización le impide introducir en su base de datos las difusiones cuando puedan involucrar cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial (artículo 3).

De acuerdo a ello, si la Organización dispone que no puede emitirse una Notificación Roja, esta situación debe ser acatada por la OCN Interpol Lima como parte de la organización.

¿Eso impide solicitar la detención preventiva? La respuesta es no. Incluso el Tratado de Extradición con los Estados Unidos de América no habilita la trasmisión de la orden de captura por Notificación Roja de INTERPOL.

Recordemos que la Notificación Roja permite ubicar a la persona prófuga de la justicia y si la legislación del país requerido lo permite, la detención de la misma.

Si solo permite comunicar la detención, esta situación ya ha sido suficientemente publicitada incluso oficialmente (Cancillería), por lo que no es necesario que se insista en tener la información oficial de INTERPOL y menos insistir en la publicación de la Notificación Roja.

Por último, la exigencia de la ubicación por INTERPOL se refiere a las extradiciones pasivas conforme a lo que dispone el nuevo Código Procesal Penal. No es requisito para solicitar una detención preventiva con fines de extradición.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

tu comentario