viernes, 31 de agosto de 2007

Tratados Multilaterales sobre Extradición suscritos por el Perú

Los siguientes Tratados Multilaterales pueden ser invocados en las solicitudes de extradición dirigidas hacia el Perú:

Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889.- Celebrado durante el Congreso Internacional Sudamericano de Montevideo de 1889.
Fue suscrito en Montevideo, el 23 de enero de 1889. El Perú lo aprobó mediante Resolución Legislativa del 25 de octubre de 1889
Se encuentra vigente en Argentina, Bolivia, Paraguay y Uruguay en todo lo no derogado por convenios posteriores.

Acuerdo sobre Extradición.- Celebrado durante el Congreso Bolivariano de Caracas, fue suscrito el 18 de julio de 1911. El Perú lo aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 2154 del 22 de octubre de 1915. Se encuentra vigente solamente con Colombia (los demás firmantes lo han reemplazado por las disposiciones del Código Bustamante que Colombia no ha ratificado).

Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante).- Suscrito en la Habana el 20 de febrero de 1928. El Gobierno del Perú lo aprobó con Resolución Legislativa Nº 6442 del 31 de diciembre de 1928 y promulgada el 08 de enero de 1929. Esta vigente desde el 18 de septiembre de 1929.

Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.- Fue firmada en Nueva York el 30 de marzo de 1961, y aprobada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 15013 del 16 de abril de 1964. Esta vigente desde el 13 de diciembre de 1964
Protocolo de enmienda a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.- Firmada en Ginebra el 25 de marzo de 1972, y aprobado por Decreto Ley Nº 21881 del 12 de julio de 1977. Entró en vigencia el 12 de octubre de 1977 .

Convención para prevenir y sancionar los Actos de Terrorismo configurados en delitos contra las personas y la Extorsión conexa cuando estos tengan trascendencia internacional.- Firmada en Washington el 2 de febrero de 1971. El Perú lo aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 24811 del 12 de mayo de 1988. El instrumento de Ratificación fue depositado el 8 de julio de 1988. Vigencia: desde el 8 de noviembre de 1984.

Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. El Perú la aprobó por Resolución Legislativa Nº 24815 de 12 de mayo de 1988.

Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.- Firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988. El Perú la aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 25352 del 22 de noviembre de 1991, La Convención entró en vigor el 11 de noviembre de 1990 y para el Perú desde el 15 de abril de 1992

Convención Interamericana contra la Corrupción. Firmada en Caracas , Venezuela el 29 de marzo de 1996, fue aprobada por Resolución Legislativa Nº 26756 de 05 de marzo de 1997. Ratificada por Decreto Supremo Nº 012-97-RE de 21 de marzo de 1997. Entró en vigencia el 04 de julio de 1997.

Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. Firmada en Washington el 13 de noviembre de 1997

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (Belem do Pará) Adoptada en Belem do Pará el 09 de junio de 1994, suscrita por el Perú el 08 de enero de 2001. Aprobada por Resolución Legislativa N° 27622 del 21 de diciembre de 2001, ratificada por Decreto Supremo N° 010-2002-RE. Vigencia desde el 15 de marzo de 2002.

Convención Internacional contra la Toma de Rehenes.- Suscrita en New York el 18 de diciembre de 1979. Aprobada por Resolución Legislativa N° 27457 del 24 de mayo del 2001. se aprueba la adhesión por Decreto Supremo N° 045-2001—RE. Vigencia para el Perú desde el 05 de agosto de 2001.

Convenio para la Represión de los Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima –OMI.- Suscrito en Roma el 10 de marzo de 1988. Aprobada por Resolución Legislativa N° 27458 del 24 de mayo del 2001. Se aprueba la adhesión por Decreto Supremo N° 046-2001-RE. Vigente para el Perú desde el 17 de octubre de 2001.

Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del terrorismo.- Adoptado en New York el 10 de enero de 2000. Suscrito por el Perú el 14 de septiembre del 2000. Aprobado por Resolución Legislativa N° 27544 del 25 de octubre de 2001. Se aprueba la adhesión por Decreto Supremo N° 084-2001-RE. Vigente para el Perú desde el 10 de diciembre de 2001.

Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas cometidos con Bombas.- Adoptado en New York el 15 de diciembre de 1997. Abierto a la firma en New York el 12 de enero de 1998. Aprobado por Resolución Legislativa N° 27549 del 31 de octubre de 2001. Se aprueba la adhesión por Decreto Supremo N° 085-2001-RE. Vigente para el Perú desde el 10 de noviembre de 2001.

Protocolos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativos a la Participación de Niños en Conflicto Armados, Venta de Niños, Prostitución Infantil y Utilización de Niños en Pornografía.-Adoptado por la Asamblea General el 25 de mayo del 2000 en New York. Suscrito por el Perú el 01 de noviembre del 2000. Aprobado por Resolución Legislativa N° 27518 del 13 de setiembre del 2001. Se ratifica por Decreto Supremo N° 078-2001-RE. Vigente para el Perú desde el 12 de febrero de 2002.

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.- Suscrito en Roma el 17 de julio de 1998. Aprobada por Resolución Legislativa N° 27517 del 13 de septiembre de 2001. ratificado por Decreto Supremo N° 079-2001-RE. Vigente para el Perú desde el 01 de julio de 2002.

1 comentario:

  1. Hola colega, te agradezco por esta publicación me ayudaste con una información que buscaba. Pues, una vez más estoy convencido que el conocimiento se comparte y una persona mortal no es depositario de la misma.
    CORDIALES SALUDOS. ÉXITOS Y MUCHOS ÉXITOS..

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