Jurisprudencia del Tribunal Constituional sobre libertad de religión
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EXP. N.° 06111-2009-PA/TC
LIMA NORTE
JORGE MANUEL
LINARES BUSTAMANTE
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 7 días del mes de marzo de 201...
Hace 11 años
N° DE ORDEN 59 CERVANTES: EL CUADERNO DE EXTRADICCION ES REMITIDO AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DENTRO DEL PLAZO DE 5 DIAS PARA LA DESICION FINAL, LA CUAL ES RESUELTA MEDIANTE RESOLUCION SUPREMA CON APROBACION DEL CONSEJO MINISTROS Y PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO.
ResponderEliminar45.S1 Silva Urbina, Lesly
ResponderEliminarEl cuaderno de extradición debe ser aprobado por el consejo de ministros, antes ser enviado al país requerido, a través de la cancillería.