![]() |
| Foto: diario Expreso |
El caso de los 10 adolescentes de 5º de secundaria del Liceo
Naval Almirante Guise que habrían
agredido sexualmente a un compañero de 16
años durante el traslado en bus del equipo deportivo, tiene implicancias que
van mas allá de las sanciones a los menores presuntamente infractores y los
adultos que tenían función de garantes.
1. Responsabilidad Civil del Colegio, Profesores y
Directivos
Responsabilidad del Colegio y Profesores Acompañantes: Aunque
ocurrió fuera del recinto escolar, al asumir el traslado de los estudiantes a
una actividad extracurricular (actividad deportiva), la institución educativa
asume una posición de garante sobre la seguridad e integridad física de los
menores, esto es, el bus se convierte en entorno escolar.
De acuerdo a ello, el colegio debe responder directamente
por los daños causados por el personal a su cargo (profesores) debido a la culpa
in vigilando (falta de supervisión adecuada) y también por culpa in
eligendo (selección del personal, que está a cargo del colegio).
Responsabilidad de los Profesores: Los adultos
encargados del traslado incurren en responsabilidad civil directa por omisión
de su deber de cuidado. En este caso si se demuestra que actuaron con
negligencia grave o aquiescencia con lo que estaba pasando, puede colegirse que
su omisión fue la causa directa que permitió la comisión del delito.
Obligación de indemnizar: Se configura la obligación
de indemnizar solidariamente los daños materiales (gastos médicos y
psicológicos) y los daños inmateriales (daño moral)
Responsabilidad de los Directivos del Colegio: Si los
directivos omitieron activar o implementar protocolos de prevención del
acoso/violencia sexual, o si no reaccionaron de manera inmediata notificando a
las autoridades y brindando protección a la víctima, incurren en
responsabilidad administrativa grave. De otro lado, el colegio tiene Certificación
Internacional ISO 9001:2015 en su Sistema de Gestión de la Calidad, por lo que
contempla lineamientos de gestión de riesgos en sus procesos, asi como de
mejora continua. Siendo uno de los procesos la enseñanza y la responsabilidad
de cuidado, se supone que debe existir protocolos para las actividades
extracurriculares y definición de riesgos. Si hay falta de protocolos o la
omisión institucional facilitó el entorno para la agresión, la entidad y sus
representantes legales responderían solidariamente.
2. Normas e Instrumentos Internacionales Afectados
La agresión sexual en grupo vulnera múltiples derechos
protegidos por tratados ratificados y normas del corpus iuris
internacional de los derechos humanos:
Convención sobre los Derechos del Niño:
Art. 19: que establece el derecho a la protección
contra toda forma de violencia, perjuicio, abuso físico o mental, descuido o
trato negligente, malos tratos o explotación, incluida la agresión sexual,
mientras se encuentre bajo la custodia de los padres, de un tutor o de “cualquier
otra persona que lo tenga a su cargo”.
Art. 34: referido al compromiso de los Estados de
proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
Art. 7: referido a la prohibición de penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 24: establece el derecho de todo niño a las
medidas de protección que su condición de menor requiere.
Convención Americana sobre Derechos Humanos:
Art. 5: Consagra el derecho a la Integridad Personal
(física, psíquica y moral).
Art. 19: Derecho a las medidas de protección por
condición de menor.
Observación General Nº 13 del Comité de los Derechos del
Niño (2011) Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia:
Define el derecho del niño a no ser sometido a ninguna forma de violencia y
establece la responsabilidad de crear entornos seguros, lo que vincula a las
instituciones educativas con la obligación de contar con entornos seguros.
Como se aprecia, las normas internacionales remarcan la
posición del Estado como garante del derecho de todo niño a la protección.






No hay comentarios:
Publicar un comentario
tu comentario